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Judicial Regional Talca

Corte de Talca determina que Gendarmería no cumplió rol garante de seguridad de internos en cárcel de la capital maulina

La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de amparo interpuesto por la Sede Regional del Maule del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en contra de Gendarmería de Chile, y a favor de todas las personas privadas de libertad en calidad de condenados, de los Pabellones A-2, B-1 y B-2 del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Talca, por haber visto vulnerados sus derechos a la libertad personal y a la seguridad individual.

La acción fue interpuesta luego de que se constatara, mediante la revisión de las grabaciones de las cámaras de seguridad en distintos días, la inactividad por parte de los funcionarios de Gendarmería frente a agresiones y riñas entre los privados de libertad.

Los registros muestran a internos elaborando objetos prohibidos por el régimen penitenciario, tales como estoques, los que fueron usados posteriormente en una riña; además, se ve una pelea de puños en frente de dos Gendarmes, quienes observaron sin intervenir, al punto de que incluso las personas que se agredían rozaron a uno de ellos quien sólo optó por moverse del lugar. La pasividad de los funcionarios públicos se prolongó por casi veinte minutos.

En otra oportunidad, se aprecia una agresión a un interno, por parte de otros tres, quienes lo castigaron con palos y golpes de puño, a un lado de los funcionarios, sin que ellos intervinieran a fin de evitar las lesiones que finalmente sufrió la víctima. Los gendarmes no realizaron la más mínima diligencia de socorro o resguardo.

La Corte de Talca señaló que Gendarmería tiene una posición de garante respecto de los internos privados de libertad en los recintos bajo su custodia, deber que es exigible ya sea frente a situaciones en donde los hechos que eventualmente expongan la seguridad o integridad de aquellos sean protagonizados por funcionarios o, como en este caso, por los propios internos. La Corte determinó que no se alcanzó el estándar exigible a propósito de dicho deber de garantía que debían cumplir los gendarmes.

En virtud de lo anterior, el tribunal de alzada dispuso que el director regional de Gendarmería de Chile debe instruir la revisión del cumplimiento efectivo de los protocolos de intervención para cada una de las situaciones que puedan traducirse en un incumplimiento de la posición de garante que le cabe a dicha institución; y ordenó remitir al Ministerio Público los antecedentes a fin de que se investigue.

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