El próximo 3 de febrero, los supermercados y grandes tiendas (como el retail), dejarán de entregar bolsas plásticas a los clientes, de acuerdo a lo establecido por la ley 21.100 publicada en el diario oficial el pasado 3 de agosto.
A contar de la mencionada fecha el denominado pequeño comercio, como bazares y almacenes, tendrán plazo hasta 2020 para entregarlas, pero durante este periodo de transición podrán facilitar dos bolsas por compra.
A continuación te presentamos algunas preguntas frecuentes sobre el proceso:
¿Qué se entiende por bolsa plástica de comercio?
Cualquier bolsa fabricada con plástico que es entregada por un establecimiento de comercio para transportar mercaderías. Si la compra se hace por internet, también se considera la bolsa en que se envía la mercadería.
¿Qué negocios tienen prohibido entregar bolsas plásticas?
Todo establecimiento de comercio que distribuya o comercialice bienes o servicios deben dejar de entregarlas el día 3 de febrero. Sin embargo, los negocios «pequeños», como bazares y almacenes de barrio, tienen plazo hasta julio 2020 para dejar de entregar bolsas, hasta esa fecha, sólo pueden entregar 2 bolsas por compra.
¿Qué pasa con los alimentos que vienen en bolsas plásticas?
Las bolsas plásticas en que se envasan alimentos no están prohibidas (como bolsas de arroz o fideos). Tampoco aquellas en que su uso sea necesario por razones higiénicas o para evitar el desperdicio de alimentos.
¿Quién fiscaliza el cumplimiento de la ley?
Las municipalidades son las encargadas de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.
¿Qué multa se aplica?
La entrega de bolsas plásticas de comercio se sanciona con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales (más de 200 mil pesos) por cada bolsa entregada. El juzgado de policía local que corresponda aplicará la sanción.