“La decisión del tribunal de garantía que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva al amparado Héctor Javier Llaitul Carrillanca, cumple cabalmente con las exigencias legales de fundamentación”, se indica en el fallo del Máximo Tribunal.
Fue durante la tarde de este jueves que la Corte Suprema dio por rechazado el recurso de amparo que presentó la defensa de Héctor Llaitul solicitando la “libertad inmediata” del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM).
La sala penal del Máximo Tribunal confirmó la legalidad de la prisión preventiva que enfrenta el comunero desde que fue formalizado el pasado 25 de agosto por los delitos de usurpación de tierras, robo de madera y amenazas a las autoridades, en el marco de la Ley de Seguridad del Estado (LSE).
“La decisión del tribunal de garantía que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva al amparado Héctor Javier Llaitul Carrillanca, cumple cabalmente con las exigencias legales de fundamentación”, se indica en el fallo unánime de los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm, María Teresa Letelier y María Cristina Gajardo.
Los magistrados hicieron presente que “el tribunal (que dictó la medida cautelar) luego de referirse a los elementos probatorios y analizar los antecedentes vertidos en la audiencia, razonó con todos los antecedentes proporcionados que le permitían justificar los presupuestos exigidos por el artículo 143 del Código Procesal Penal», indica.
Tras esto, se pudo detallar todos aquellos elementos que le fueron útiles para tener por concurrentes cada uno de los extremos del artículo 140 del cuerpo legal citado, y explicando los motivos por los cuales la oposición formulada por la defensa no desvirtuó los antecedentes invocados por el solicitante.