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Gobierno promulga ley que tipifica la inducción al suicidio y el suicidio femicida

En el marco de la campaña #SíEsMiProblema, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, señaló que «durante el año 2021 se perpetraron 44 femicidios consumados y 163 femicidios frustrados».

El Presidente de la república Gabriel Boric, señaló que «debiera ser obvio, pero no lo es y por eso hay que repetirlo con insistencia: Las mujeres tienen derecho a vivir seguras, sin temor a ser víctimas de violencia por parte de sus parejas o exparejas».

«Vamos a promulgar la ley que tipifica el suicidio femicida. Que viene a cubrir un vacío en la legislación chilena, al incorporar derechos específicos para las víctimas de violencia sexual en el transcurso de la investigación y evitar su revictimización», agregó el Mandatario.

«Hemos ingresado un paquete de indicaciones al proyecto de ley de reparación a víctimas de femicidios y sus familias, para que este contenga una pensión de reparación por orfandad en beneficios de hijos e hijas menores de 18 de las víctimas mujeres de este delito», precisó.

El documento legal especifica que «quien induzca a otra persona a cometer suicidio será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio. Si por tal circunstancia se produjera la muerte, la pena será de presidio menor en sus grados medio a máximo».

Otro de los artículos estipula que «el que con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos por éste en contra de la víctima, causare el suicidio de una mujer, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida”.

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