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Contraloría: Alcaldes no tienen competencias para decretar apertura o cierre de centros comerciales

Tras la polémica que se ha generado en el último tiempo, la Contraloría General de la República firmó el pasado jueves un dictamen que establece que no es competencia de los alcaldes ordenar la apertura o cierre de centros comerciales.

En detalle, se establece en el documento 8935 que “corresponde al Ministerio de Salud, a través de las Secretarias Regionales Ministeriales (Seremi) la fiscalización de medidas sanitarias, que se adopten en el contexto de la emergencia provocada por el brote de Covid-19″.

El dictamen repara en los artículos 6º y 7º de la Constitución, los cuales señalan que “los órganos del Estado deben actuar dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley, sin que puedan atribuirse, aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, como lo sería la situación de emergencia sanitaria que vive el país“.

De esta forma, el ordenamiento jurídico no ha dotado a las autoridades municipales, como por ejemplo los alcaldes, de competencias que les permitan ordenar apertura o cierre de centros comerciales.

Lo anterior, se debe a varios casos bullados en donde han sido los jefes comunales quienes han dado pie a la reapertura de estos recintos, como ocurrió en Las Condes con el centro comercial Apumanque, en una actividad encabezada por Joaquín Lavín; o bien lo ocurrido con el Mall Plaza Vespucio, cuyo cierre fue advertido por el alcalde Rodolfo Carter en La Florida.

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