Mediante un comunicado de prensa la Superintendencia de Educación aclaro las informaciones aparecidas en algunos medios de comunicación sobre el uso de servicios higiénicos por parte de los niños y niñas estudiantes trans.
El texto del comunicado en el siguiente:
• “Que la circular 0768, referida a este tema, no exige, en ninguno de sus acápites, la instalación de baños mixtos, por lo que cualquier referencia en este sentido es un error.
• “Hace ver que respecto a la utilización de los servicios higiénicos, la circular precisa textualmente que “se deberá dar las facilidades a las niñas, niños y estudiantes trans para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género”.
• “Añade que “el establecimiento educacional, en conjunto con la familia, deberá acordar las adecuaciones razonables, procurando respetar el interés superior de la niña, niño o estudiante, su privacidad, e integridad física, psicológica y moral”.
• “Y, solo a modo de ejemplo, sostiene que “las adecuaciones podrán considerar baños inclusivos u otras alternativas previamente acordadas”.
• “Lo anterior quiere decir que la Superintendencia no está imponiendo ninguna fórmula en esta materia, sino que dejando en el establecimiento y en la familia la búsqueda de la mejor opción para resguardar el derecho de los niños y niñas trans al uso de un servicio tan elemental como el higiénico.
• “Esta medida tampoco exige necesariamente la inversión de recursos adicionales por parte de los establecimientos, pues éstos pueden adaptar, para estos efectos, la misma capacidad instalada.
• “Por último, la Superintendencia de Educación enfatiza que, en éstas y otras materias, no se puede perder de vista el resguardo del derecho a la educación de todas y todos los estudiantes del país, tal como lo establece la legislación vigente; el respeto de la dignidad humana y el interés superior de los niños y niñas establecido en la Convención de los Derechos del Niño”.