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Sernac demanda a Hites por cláusulas abusivas: Buscan que clientes sean compensados

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó dos demandas colectivas contra la empresa Hites por cláusulas abusivas, superar la tasa máxima convencional y venta de garantía extendida sin consentimiento.

La primera acción judicial fue interpuesta por cláusulas abusivas de la empresa en sus contratos de adhesión para su producto financiero «Tarjeta Hites» y superar la tasa máxima convencional. La demanda se ingresó luego de que no llegara a buen puerto la mediación colectiva que inició el propio Sernac. 

«Este tipo de cláusulas o disposiciones son impuestas por las empresas y alteran el equilibrio entre las partes, causando un perjuicio al consumidor», señaló el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, quien acotó que «si bien son las empresas quienes redactan los contratos, las reglas del juego las impone la Ley, prohibiendo las cláusulas abusivas. Si las reglas son abusivas, no valen».

La segunda demanda se interpuso luego de que se detectaran irregularidades en la venta de seguros de garantía extendida, la que, de acuerdo a los reclamos recibidos por el Sernac, se realizaba sin el consentimiento de los consumidores.

En esa línea, el servicio recibió antecedentes de un programa de televisión, en el que se explicaba cómo era el modus operandi de los vendedores. Según lo indicado, cuando los clientes iban a pagar a la caja, se les ejecutaba un cobro no consentido ni informado previamente. Dicho cobro consistía en un seguro denominado «Plan de Servicio», el cual les otorgaría una garantía extendida a los productos.

«Como Sernac, lamentamos que la empresa no haya estado dispuesta a encontrar extrajudicialmente una propuesta compensatoria adecuada para los consumidores, por lo que ahora lo deberá hacer ante los Tribunales de Justicia», enfatizó Muñoz.

Buscan compensar a los clientes

Desde el Sernac indicaron que, respecto a la demanda por cláusulas abusivas, buscan que se compense a los consumidores que han pagado montos de dinero correspondientes a interés por sobre el límite legal establecido.

«Por ejemplo, en el caso de un avance por $150.000 en 12 cuotas, el proveedor estaría aplicando una tasa de interés del 8,06%, siendo que en ese caso corresponde una tasa máxima convencional de un 3,01%. En definitiva, el proveedor estaría cobrando un interés en forma de comisión, lo cual vulnera la legislación vigente», precisó el Sernac.

En cuanto a la segunda demanda, que es por irregularidades en la venta de seguros de garantía extendida, el director del Sernac explicó que se busca que la empresa compense adecuadamente a todos los consumidores que se vieron afectados por este tipo de prácticas.

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