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Inclusión Regional

Seremi de Desarrollo Social impulsa Mesa Regional para Inclusión Laboral en el Maule

Dentro de los próximo meses entrará en vigencia la Ley de Inclusión Laboral, iniciativa que ha encabezado el Ministerio de Desarrollo Social junto al Ministerio del Trabajo y el Servicio Nacional de Discapacidad (Senadis), con el objetivo de asegurar la efectiva igualdad de oportunidades y plena inclusión de las personas en situación de discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado a través de una reserva legal de empleo, además busca eliminar la discriminación salarial que existe respecto de los trabajadores con discapacidad mental.

En el marco de esa iniciativa legal en el Maule se constituyó la Mesa Regional para la Inclusión Laboral, encabezada por el seremi de Desarrollo Social, José Ramón Letelier; su par del Trabajo, Elia Piedras, y la directora de Senadis en el Maule, Carla Matteo, con el propósito de socializar el Proyecto de Ley y trabajar fórmulas para aterrizar la iniciativa a la región.

“Es una Ley que ha sido muy solicitada por las personas en situación de discapacidad y las respectivas organizaciones, especialmente porque las empresas que tengan más de cien empleados, deberán tener al menos un 1% de sus puestos de trabajo reservados para ellos. Por ello el objetivo de esta mesa, donde hay diversos servicios públicos, es apoyar el proceso y difundirlo con la sociedad civil y organizaciones pertinentes”, aseguró Letelier.

La directora regional de Senadis, en tanto, explicó que se estableció la primera mesa de trabajo en el Maule.

“Esta Ley ya fue aprobada en el Congreso y esperamos que entre en vigencia de fines de año, con lo que se podrá resguardar cupos laborales para personas en situación de discapacidad, así como también que la remuneración sea igual a cualquier empleado”, señaló Matteo.

NUEVA LEY

Dentro de las principales indicaciones, las autoridades destacaron que la Ley de Inclusión Laboral propone el 1% de cuota laboral para personas en situación de discapacidad en organismos del Estado (civil y militar); y empresas que tengan cien o más trabajadores o funcionarios.

El proyecto consagra el principio de no discriminación en el Estatuto Administrativo, prohibiendo explícitamente todo acto de discriminación que se traduzca en exclusiones basadas en motivos de discapacidad.

La indicación deroga el artículo N° 16 de la Ley N° 18.600 que señala que “el contrato de trabajo que celebre una persona con discapacidad mental, podrá estipularse una remuneración libremente convenida entre las partes, no aplicándose a este respecto las normas sobre ingreso mínimo”. La derogación se efectuará de manera inmediata.

Además, la Dirección Nacional del Servicio Civil y el Senadis serán responsables de velar por su cumplimiento en el caso del sector público, y la Dirección del Trabajo y el Servicio de Impuestos Internos en el caso de las empresas privadas.

También se fija en 26 años la edad límite para suscribir contrato de aprendizaje con personas con discapacidad, asimilándola a la edad de término de la educación especial.

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