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IPS recuerda que extendió por un año la vigencia de poderes para cobro de pensiones

La renovación automática de poderes por el plazo de un año, recibieron los apoderadas de un pensionado o pensionada del Instituto de Previsión Social (IPS), cuyo documento caducaba entre marzo y octubre de 2020.

El documento corresponde a los poderes otorgados el año 2018 y cuyo vencimiento se cumplía en estos meses.  Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria y a la voluntad institucional de facilitar la vida y el cuidado de sus pensionados y pensionadas, se adoptó una medida administrativa extraordinaria, que amplia la vigencia de este instrumento por un año más.

Por norma general, los mandatos de este tipo tienen una duración de 2 años y pueden ser revocados en cualquier momento, por eso con esta iniciativa el IPS beneficiará, especialmente, a todos los adultos mayores que hoy tienen designado a un familiar -o cualquier otra persona de su confianza- como apoderado ante la Institución para efectuar el cobro de sus pensiones o beneficios que les entrega el Estado.

AUTORIZACIÓN NUEVOS PODERES

Junto a esta extensión de poderes, la institución adoptó una segunda medida, orientada a quienes deseen realizar la autorización de nuevos poderes para el cobro de pensiones, trámites que ahora y en forma excepcional pueden realizar vía call center, evitando de este modo que el o la pensionada salga de su hogar.

La medida excepcional, viene a reemplazar por el período de emergencia, el trámite presencial y utiliza el registro de la vídeo llamada como validación de la autorización que entrega el o la pensionada.  Este poder especial tendrá una duración de 6 meses a contar de la fecha en que se emita, luego de eso se deberá hacer el procedimiento normal que rige para este tipo de actos.

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