La renovación automática de poderes por el plazo de un año, recibieron los apoderadas de un pensionado o pensionada del Instituto de Previsión Social (IPS), cuyo documento caducaba entre marzo y octubre de 2020.
El documento corresponde a los poderes otorgados el año 2018 y cuyo vencimiento se cumplía en estos meses. Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria y a la voluntad institucional de facilitar la vida y el cuidado de sus pensionados y pensionadas, se adoptó una medida administrativa extraordinaria, que amplia la vigencia de este instrumento por un año más.
Por norma general, los mandatos de este tipo tienen una duración de 2 años y pueden ser revocados en cualquier momento, por eso con esta iniciativa el IPS beneficiará, especialmente, a todos los adultos mayores que hoy tienen designado a un familiar -o cualquier otra persona de su confianza- como apoderado ante la Institución para efectuar el cobro de sus pensiones o beneficios que les entrega el Estado.
AUTORIZACIÓN NUEVOS PODERES
Junto a esta extensión de poderes, la institución adoptó una segunda medida, orientada a quienes deseen realizar la autorización de nuevos poderes para el cobro de pensiones, trámites que ahora y en forma excepcional pueden realizar vía call center, evitando de este modo que el o la pensionada salga de su hogar.
La medida excepcional, viene a reemplazar por el período de emergencia, el trámite presencial y utiliza el registro de la vídeo llamada como validación de la autorización que entrega el o la pensionada. Este poder especial tendrá una duración de 6 meses a contar de la fecha en que se emita, luego de eso se deberá hacer el procedimiento normal que rige para este tipo de actos.
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