Acontar de este 4 de octubre, la ley sanciona con mayor castigo a quienes se vean involucrados en carreras clandestinas de vehículos motorizados.
En concreto, la norma establece penas que pueden llegar hasta los 20 años de cárcel y multas que superan el millón de pesos. De igual forma, se establecen sanciones para quienes sobrepasen en 60 km/h el límite de velocidad permitido.
Durante la jornada de este martes 4 de octubre, se publicó en el Diario Oficial la nueva ley que aumenta las sanciones contra las carreras clandestinas de vehículos motorizados, así como quienes sean sorprendidos transitando a más de 60 km/h del límite establecido.
De acuerdo a la nueva norma, los castigos pueden alcanzar los 1,2 millones de pesos en multa y hasta 20 años de cárcel para quienes causen daños graves, muertes u organicen apuestas en torno a este delito.
De acuerdo a lo informado por el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, en Chile mueren en promedio 5 personas debido a accidentes de tránsito cada día.
En ese contexto, se aprobó y promulgó la nueva ley 21.495, que sanciona la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados, también llamadas carreras clandestinas.
De igual modo, la norma sanciona otras conductas e introduce la “velocidad temeraria”, que consiste en manejar un vehículo a más allá de 60 kilómetros por hora, del límite establecido por la ley.
Según la nueva ley, se entiende por carrera clandestina de vehículos motorizados, aquellas no autorizadas, como:Las que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.
Competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes.Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas.
En ese sentido, quienes solo participen de este tipo de actividades ilegales, o a raíz de esto, causen daños materias o lesiones leves, serán sancionados con penas de reclusión, desde los 61 a 540 días de cárcel, o bien, una multa de dos a diez UTM (Desde $120 mil aproximadamente a casi $600 mil).
En tanto, si por esta acción provocan lesiones menos graves o graves, la pena será de 541 días a 3 años de cárcel y multa de 4 a 12 UTM (entre $238 mil y $715 mil).
Por otro lado, si las consecuencias son lesiones graves o la muerte de un tercero, la sanción puede ascender hasta los 20 años de cárcel.
Y del mismo modo, las personas que organicen carreras clandestinas, serán sancionadas con penas de presidio y multas que superan el millón de pesos con la nueva ley.
¿Qué es y cómo se castiga la Velocidad Temeraria?
Por último, la nueva “ley de carreras clandestinas” introduce un nuevo concepto, la velocidad temeraria.En ese sentido, quien sobrepase en 60 km/h los límites de velocidad, será sancionado con hasta 61 días de cárcel y una multa que puede sobrepasar los $600 mil.
Igualmente, se le suspenderá la licencia de conducir por dos años, si es la primera infracción, 5 su es la segunda vez y de por vida, en una tercera oportunidad.
Esto significa que si en una vía urbana, cuya velocidad máxima es de 50 km/h se sorprende a alguien conduciendo a 110 km/h, esa persona podría sufrir penas de cárcel o multas recién mensionadas.