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Fisco deberá pagar $1.125 millones a familias de 11 escoltas de Salvador Allende

Los integrantes de Grupo de Amigos Personal (GAP) fueron retenidos en La Moneda el 11 de septiembre de 1973 para luego ser ejecutados.

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva por los secuestros calificados (desapariciones) y homicidios calificados de 11 escoltas del presidente Salvador Allende, más conocidos como el Grupo de Amigos Personal (GAP).

El principal acusado ya se encuentra fallecido, pero el máximo tribunal del país condenó al Fisco a pagar una indemnización de $1.225 millones a las familias.

Las víctimas de secuestros calificados son Domingo Bartolomé Blanco Tarrés y José Belisario Carreño Calderón, mientras que los homicidios calificados corresponden a Gonzalo Mario Jorquera Leyton, Carlos Alfonso Cruz Zavala, Luis Alfredo Gamboa Pizarro, Pedro Juan Garcés Portiagliati, Óscar Osvaldo Marambio Araya, Edmundo Enrique Montero Salazar, Jorge Osvaldo Orrego González, William Osvaldo Ramírez Barría y Enrique Andrés María Ropert Contreras.

Los 11 miembros del Grupo de Amigos Personales fueron detenidos el 11 de septiembre de 1973 en las inmediaciones del Palacio de La Moneda, trasladados a la Intendencia de Santiago, luego a unidades policiales y, finalmente, ejecutados.

En el fallo, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Eliana Quezada y la abogada (i) Pía Tavolari– revocó la sentencia apelada, únicamente en la parte que condenó al general en retiro de la Fuerza Aérea (FACH) Vicente Armando Rodríguez Bustos, quien murió antes de la resolución de segunda instancia, por lo que dispuso que el ministro instructor proceda a decretar el correspondiente sobreseimiento definitivo y parcial a su respecto.

Asimismo, la Sala Penal confirmó la absolución de general en retiro de Carabineros, Patricio de la Fuente Ibar, por falta de participación y fijó, además, en la suma total de $1.225.000.000 las indemnizaciones que deberá pagar el fisco por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas.

En cuanto a las indemnizaciones, el fallo dispone que quienes tienen la condición de cónyuge o madre del afectado recibirán la suma de $80.000.000; para quienes han demostrado la calidad de hijos de la víctima directa, la cantidad de $50.000.000; para los que demandan en calidad de hermanos, la cantidad de $20.000.000, y para quien acredite la condición de sobrino de una de las víctimas, la suma de $5.000.000.

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