La Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados aprobó este lunes el segundo informe del proyecto que busca agilizar los procesos administrativos en la expulsión de migrantes irregulares.
La iniciativa modifica la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, con el objetivo de agregar formas alternativas de notificación al inicio de expulsión.
Esto permitiría una mayor celeridad en los procedimientos de esta materia.En el marco de la sesión desarrollada, Luis Eduardo Thayer, director del Servicio Nacional de Migraciones, explicó las propuestas del Ejecutivo.
Thayer detalló que se pretende incorporar distintas vías, ya que la actual normativa no penaliza el ingreso irregular.
De esta manera, en caso de que el extranjero no entregue información, se sanciona administrativamente.
Esto busca evitar la judicialización de los procesos administrativos, lo que retrasa en gran medida las expulsiones.
La propuesta del Gobierno establece que la autoridad contralora deberá apercibir en su primer contacto al extranjero que ingresó al país, con la finalidad de que este indique un domicilio.
En caso de no cumplir con dicha obligación, deberá indicar una dirección de correo electrónico.
Si la persona tampoco cumple con esta última, quedará afecta a una causal de expulsión imperativa.
La notificación del acto administrativo podrá practicarse personalmente por la policía.
Se entenderá válida, cuando se practique por carta certificada dirigida al domicilio y cuando se envíe a la dirección de correo electrónico informado por el extranjero.
Del mismo modo, cuando corresponda al último domicilio o correo electrónico informado al Servicio de Migración.
La autoridad deberá exhibir al extranjero el documento donde constan los antecedentes recolectados y entregarle una copia.
Por su parte, el extranjero deberá mantener actualizado el domicilio e informar cualquier cambio al Servicio.
Para esto contará con un plazo de 30 días.Dichos domicilios o direcciones de correo electrónico se incorporarán en el Registro Nacional de Extranjeros.
Expulsión de migrantes que ingresan por pasos no habilitados
Por otra lado, se aprobó un nuevo artículo para extranjeros que hayan ingresado por pasos no habilitados, evadiendo control o con documentos falsos.
El inicio del procedimiento administrativo de expulsión podrá ser realizado por la propia PDI, al momento de efectuarse la respectiva denuncia.
En cuanto a la notificación de la medida de expulsión, cuando no puede ser notificada personalmente, podrá ser informada por carta certificada o por correo electrónico.
Sin embargo, durante la sesión desarrollada por la Comisión de Gobierno Interior, los diputados pidieron aclarar quién integra la autoridad contralora.
Es decir, cuál es la policía encargada de la función de control migratorio.
Lo mismo respecto de cómo se conjuga este proyecto con el de control preventivo de identidad.
Al respecto, el director del Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que es la Policía de Investigaciones (PDI) la que está a cargo del control migratorio, además de carabineros o militares en el caso de los pasos no habilitados.
Asimismo, también la Armada en lo que respecta al territorio marítimo. En el caso de tomar iniciar el procedimiento cualquiera de las otras instituciones competentes, tendrán que derivar a la persona que ingresó de forma irregular a la PDI.
Por tanto, Thayer precisó que Carabineros podrá realizar controles en ciudades.
A su vez, la PDI iniciará el acto administrativo de expulsión, sin necesidad de una denuncia al Servicio de Migraciones, permitiendo agilizar el proceso administrativo.
Cabe destacar que esta propuesta comenzó su tramitación en el Congreso desde octubre de 2022, por lo que se encuentra aún en su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados.