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Corte de Apelaciones de Talca confirmó fallo contra Consejo Nacional de la Cultura por homofobia laboral

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca confirmó una sentencia que había condenado al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), por acosos laborales homofóbicos contra la abogada Lorena Rivera Arriagada, quien había sido despedida en razón de su orientación sexual el 23 de abril del 2016.

Los magistrados de la Corte de Apelaciones de Talca, Olga Morales y Ricardo Riquelme, así como la fiscal judicial Jeannette Valdés, rechazaron así un recurso de nulidad presentado por la CNCA contra el fallo dictado el 15 de diciembre de 2016 por el juez del Juzgado de Letras del Trabajo, Jaime Cruces.

“Fui víctima de hostigamiento constante de toda naturaleza, y por más de tres años, en específico por discriminación basada en la orientación sexual. Eso es lo que se comprobó en este juicio. Lo valorable en este caso es que la sentencia de la Corte confirmó que en mi caso existió vulneración de derechos”, señaló Rivera Arriagada.

Por su parte el dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, felicitó “a Lorena por su perseverancia para alcanzar justicia frente a hechos injustos y abusivos que tienen como responsable a la Dirección Regional del CNCA en Maule. Corresponde ahora es que el CNCA pida disculpas públicas”, enfatizó.

El dirigente añadió que “cuando una institución no acata un fallo de primera instancia y persiste en ocultar una discriminación evidente, comete una doble falta y abuso, lo cual no está a la altura del servicio público. Aquí se requiere un mea culpa”.

En su recurso, el CNCA sostuvo que el fallo del juez Cruces debía anularse porque la demanda de tutela laboral se había presentando fuera de plazo, pues la afectada no habría denunciado los atropellos 60 días después de que ocurrieron, entre el 2014 y febrero del 2016.
También el CNCA dijo que la trabajadora no aportó pruebas respecto a que su despido, ocurrido en abril del 2016, obedeciese a discriminación y/o vulneración de derechos fundamentales.

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca rechazó de plano tales argumentaciones del CNCA, dando la razón a Rivera Arriagada.

Como consecuencia, el CNCA deberá pagar $ 13.920.048 por vulneración a la integridad psíquica y al derecho a la honra de la trabajadora, más $8.506.696 por término de contrato injustificado, $55.555 por feriado legal y $2.000.000 por las costas de la causa. A eso se suman $500.000 por los gastos en que se incurrió con la apelación

El CNCA, a través de su sede en el Maule, deberá además publicar en un medio de circulación regional y en un mural que vulneró la honra e integridad de la trabajadora, así como “capacitar a todos los funcionarios (…) en Derechos Fundamentales dentro de la Empresa y el sector Público, con un curso de a lo menos 12 horas pedagógicas, dictadas, a costa de la denunciada, por una universidad acreditada”.

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