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Adelantan revisión de prisión preventiva de Luis Hermosilla tras sufrir descompensación en la cárcel

El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago fijó una nueva fecha para revisar la prisión preventiva del abogado Luis Hermosilla, luego de sufrir una descompensación que lo mantuvo internado en el hospital penitenciario.

De hecho, el tribunal autorizó el ingreso del médico cardiólogo Ronald Kauffmann Quezada, para evaluar el estado de salud de Luis Hermosilla, luego de sufrir una descompensación al interior del anexo cárcel Capitán Yáber.

Según publica El Mostrador, el abogado sufrió un alza de presión, lo que generó preocupación considerando su historial de infartos y cirugías para instalar un baipás.

“Los otros imputados lo asistieron y Daniel Sauer fue el que pidió la asistencia médica, pasando primero por enfermería y luego fue derivado al hospital penal”, señaló una fuente al mismo medio.

Tras lo sucedido, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago determinó adelantar la audiencia para el próximo miércoles 28 de mayo a las 09:00 horas en el Centro de Justicia.

Lo anterior, luego de acoger el recurso de reposición que interpuso su hermano y abogado defensor, Juan Pablo Hermosilla, para modificar la fecha de revisión de cautelares que había sido fijada originalmente para el 18 de junio.

De todas maneras, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago no accedió a modificar la audiencia de acuerdo reparatorio que está fijada para esa misma fecha.

“Hacer presente, que la audiencia de acuerdo reparatorio fijada para el día 18 de junio del año en curso, se mantiene vigente para dichos efectos”, resolvió el tribunal.

Cabe destacar que Juan Pablo Hermosilla acusó una vulneración de los derechos de su hermano, apuntando a los tratados internacionales firmados por nuestro país en materia de Derechos Humanos.

“La resolución impugnada resulta arbitraria y atentatoria contra el derecho fundamental de mi representado a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República y en el artículo 5° inciso segundo de la Carta Fundamental, conforme al cual el Estado debe respetar los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, señala el jurista en su recurso.

“Programar una audiencia de revisión de prisión preventiva con más de un mes de desfase desde su solicitud, y además junto con la discusión de un acuerdo reparatorio que involucra a otros intervinientes, constituye una dilación injustificada y una vulneración al principio de celeridad procesal y al deber del tribunal de controlar la legalidad de las medidas cautelares privativas de libertad en tiempo oportuno”, cuestiona Hermosilla.

“Este retardo priva a mi representado de una revisión expedita y focalizada sobre su situación cautelar, lo cual es especialmente grave y desproporcionado cuando se trata de la medida más intensa del sistema procesal penal, como lo es la prisión preventiva”, advierte.

“Más aún, se torna especialmente lesiva considerando las condiciones personales del imputado, don Luis Hermosilla Osorio, de avanzada edad y con una delicada situación de salud”, sentencia Juan Pablo Hermosilla.

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