Con la presencia de diversas agrupaciones de usuarios de cannabis medicinal, pacientes, autoridades municipales y parlamentarias, incluida la Presidenta de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Karol Cariola, Fundación Daya, expresará su público rechazo o a la resolución del Instituto de Salud Pública (ISP), que bloquea la entrega gratuita de 10.000 unidades de un fitofármaco en base a cannabis -desarrollado por Knop Laboratorios-, a mil 500 pacientes de 14 municipios a los largo de Chile, distribuidos de Arica a Puerto Natales.
El permiso “excepcional y provisorio” solicitado por Knop Laboratorios y Fundación Daya al ISP, busca traer alivio en el manejo del dolor crónico para miles de pacientes, incluidos aquellos que resultan refractarios al tratamiento en base a medicamentos de origen opioide, no pudiendo encontrar alivio para sus dolencias debido a ello.
Con esta resolución el ISP, por una parte, considera que aliviar el dolor crónico no es un fin medicinal urgente. Por otra, para aquellos pacientes refractarios a los tratamientos con opioides, la autoridad sanitaria deja como única alternativa, fitofármacos de cannabis importados, cuyos precios resultan inalcanzables para la gran mayoría de la población chilena, ya que sus valores oscilan entre los $400.000 y los $600.00 para un tratamiento mensual. Cabe señalar que, de acuerdo con las regulaciones de Health Canada, estos fitofármacos autorizados en Chile no cuentan con estudios clínicos.
De esta manera el ISP, organismo del Estado chileno, ha preferido fomentar la inequidad social que afecta a nuestro país en temas de acceso a la Salud, en lugar de traer alivio gratuito a pacientes con dolor crónico que no responden a tratamientos en base a opioides, con una preparación segura y eficaz, lo cual resulta incomprensible.
Esta negativa resulta aún más incomprensible, ya que ese mismo permiso “provisorio y excepcional” fue entregado a un laboratorio canadiense, permitiendo así la distribución en Chile de un producto en base a cannabis, a pesar de no contar con registro sanitario ni con estudios clínicos que lo avalen. Este permiso es una posibilidad que se encuentra contemplada en el código sanitario, en la medida que se requiera para un fin medicinal urgente, sin que exista una alternativa en el mercado.
El ISP reconoce en este acto tanto el fin medicinal urgente, como la validez de la regulación Canadiense de Health Canada, la que no exige estudios clínicos para su distribución, sino que solamente requiere buenas prácticas de manufactura.
El dolor crónico es la causa del 70% de las atenciones de Salud en Chile en personas mayores de 17 años, además es una de las principales causas se ausentismo laboral y representa el mayor número de licencias médicas en nuestro país, según datos de la Asociación Chilena para el Estudio del Dolor.
“Nos parece una necesidad urgente revertir esta decisión del ISP, que atenta contra los derechos a la Salud de miles de pacientes en Chile. Es por ello que en la conferencia de prensa citada se denunciará esta injusta situación y se anunciarán las medidas a tomar en el proceso de apelación”, enfatiza la Fundación Daya en una declaración pública.