Tras casi 18 horas de debate se despachó en particular el proyecto sobre interrupción del embarazo en tres causales. De este modo la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados.
Pasadas la 1 de la mañana y luego de despachar las tres causales la Sala se abocó al estudio y votación de la normas pendientes: manifestación de voluntad de las mujeres y autorizaciones de los padres en caso de interrupción del embarazo de menores; programa de acompañamiento; sanciones penales y la objeción de conciencia. Pasadas las 7 AM se concluyó el despacho de las normas relativas a la objeción de conciencia y al procedimiento penal.
MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD Y AUTORIZACIONES
Por 19 votos a favor, 6 en contra y 6 abstenciones se aprobaron las disposiciones relativas a la manifestación expresa que deberá hacer la mujer que manifieste su voluntad, en cualquiera de las 3 causales.
Por 20 votos a favor 4 en contra y 6 abstenciones se despacharon las normas que regulan dicha autorización en caso de mujeres adultas declaradas judicialmente como interdictas.
Con 21 votos favorables y 11 en contra, se aprobaron las disposiciones más complejas sobre las autorizaciones en caso de menores entre 14 y 18 años y para menores de 14 años. Aquí la discusión estuvo centrada en especial, en los casos de niñas y los dramáticos casos de abusos y violaciones que, muchas veces, culminan en embarazos.
Intervinieron los senadores Allamand, Araya, Espina, Larraín, Harboe, Van Rysselberghe e Ignacio Walker quienes debatieron sobre el alcance de estas normas, el rol de los padres -quienes en algunos casos son cómplices o abusadores- y, en particular, por el dilema que significa entender la situación extrema en la que se ven involucradas las menores y sus hijos.
Finalmente, el artículo aprobado estableció que “además de la voluntad de la menor, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal, o de uno de ellos, a elección de la niña, si tuviere más de uno. A falta de autorización, entendiendo por tal la negación del representante legal, o si éste no es habido, la niña, asistida por un integrante del equipo de salud podrá solicitar la intervención del juez para que constate la ocurrencia de la causal”…
Por 20 votos a favor y 11 en contra se aprobó la norma que establece que “la voluntad de interrumpir el embarazo manifestada por una adolescente de 14 años y menor de 18 deberá ser informada a su representante legal. Si la adolescente tuviere más de uno, sólo se informará al que ella señale”.
Asimismo, por 18 votos a favor, 11 en contra y 1 abstención se aprobó la disposición que señala que “si a juicio del equipo de salud existen antecedentes que hagan deducir razonablemente que proporcionar esta información al representante legal señalado por la adolescente podría generarle a ella un riesgo grave de maltrato físico o psíquico, coacción, abandono, desarraigo u otras acciones u omisiones que vulneren su integridad, se prescindirá de la comunicación al representante, y en su lugar se informará al adulto familiar que la adolescente indique y, en caso de no haberlo, al adulto responsable que ella señale”.
ACOMPAÑAMIENTO
Con la mayoría de los votos a favor, 20 a favor y 7 abstenciones, los senadores ratificaron el llamado programa de acompañamiento, derecho que tendrá la mujer para las tres causales, tanto en su proceso de discernimiento, como durante el período siguiente a la toma de decisión, que comprende el tiempo anterior y posterior al parto o a la interrupción del embarazo, según sea el caso.
Durante este punto intervinieron los senadores José García Ruminot, Carolina Goic, Hernán Larraín, Felipe Harboe, Carlos Bianchi, Carlos Montes, Lily Pérez San Martín, Patricio Walker, Juan Antonio Coloma, Andrés Allamand, Ignacio Walker, Jorge Pizarro, Francisco Chahuán, Alejandro Navarro, Alfonso De Urresti, Carolina Goic y Jaime Quintana.
Los legisladores destacaron las acciones del acompañamiento como “un tema de fondo” del proyecto, especialmente en la causal de violación e inviabilidad fetal, para quienes quieran o no continuar con su embarazo; además de tener un carácter voluntario, confidencial y ser una medida efectiva de protección social.
Sin embargo, algunos parlamentarios criticaron que “una vez más se está legislando sin recursos”, porque estos serían “insuficientes” para los programas, según el informe financiero; en conjunto con sincerar que hoy existen 90 mil mujeres esperando atención ginecológica, datos que contrastan con la implementación del mencionado programa.
Luego, cuando se dio paso a la votación de la indicación del senador Allamand para que existan programas alternativos, con recursos de fundaciones, para evitar el monopolio del Estado y la opción quede en manos de las mujeres para elegir el programa, se generó un arduo debate, en que se reconoció la admisibilidad de la propuesta, que finalmente fue aprobada por 16 votos a favor, 9 en contra, 1 abstención y 1 pareo.
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Pasadas las 6 AM se pusieron en análisis y votación las normas relativas a la objeción de conciencia, en el texto legal. Intervinieron los senadores Araya, Chahuán, Harboe, Larraín, Girardi, De Urresti, Prokurica, Van Rysselberghe, Espina, Pérez San Martín, Navarro, García Ruminot, Quintana, De Urresti y Guillier.
Por 15 votos contra 9 se rechazó la indicación impulsada por senadores de oposición y que apuntaba a ampliar la objeción de conciencia a las instituciones cuya naturaleza y convicción es incompatible con el aborto. Asimismo, mencionaron que la obligación legal debería recaer en instituciones públicas.
Por su parte, los senadores del oficialismo recalcaron que la objeción de conciencia es un derecho excepcionalísimo por lo que rechazaron la inclusión de estas normas especiales en el texto legal, pues “la salud es un bien público”, argumentaron.
Luego por 17 votos a favor y 10 en contra se respaldó la modificación introducida en la Comisión de Constitución y que extiende la objeción de conciencia al equipo médico. Cabe recordar que el texto original reservaba dicha objeción solo para el médico.
En este punto, se reabrió el debate respecto a la eventual discriminación que se ejercería contra los profesionales de la salud al impedirles acceder a este derecho puesto que ellos también son parte indispensable en las intervenciones.
Desde la otra vereda, los senadores de la coalición de gobierno insistieron en si bien la objeción de conciencia es un derecho excepcional, en este caso, no podría servir para imponer visiones particulares. Además hicieron ver que la realidad en el sistema público de salud, en especial en regiones, es la escasez de profesionales y especialistas. Incluso advirtieron una serie de consecuencias en otros ámbitos.
Por otro lado, el resto de las normas de este artículo 119 ter se aprobaron por 17 votos favorables y 9 abstenciones.
NORMAS DE PROCEDIMIENTO PENAL
El Principio de confidencialidad también fue respaldado por 16 votos a favor y 8 en contra y durante el debate de norma, el senador Navarro precisó que se debe garantizar la confidencialidad en todo el proceso.
Sin embargo, los senadores Espina, Araya y Harboe explicaron que cuando llega un caso de violación, necesariamente, los antecedentes deberán ser entregados al Ministerio Público para su investigación, “sin que esto signifique un problema”, precisaron. Pese a todo el senador Araya dejó constancia que ciertas diligencias podrían producir ciertas “incongruencias”.
Para las normas de procedimiento penal, los senadores Von Baer y Espina insistieron en que se debe denunciar un aborto, para no ir más allá de las tres causales, por lo que sugirieron que el texto legal quede como está, es decir, rechazaron las modificaciones del artículo 4.
Por último, se aprobaron los artículos transitorios, con lo que se dio por despachado el proyecto.