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¡Atentos! Bancos comienzan a publicar nóminas de acreencias bancarias 2022: revisa si tienes «dinero olvidado»

Para muchos la llegada de marzo significa desembolsar más dinero de lo normal, ya sea por el pago del permiso de circulación o todo lo relacionado con el inicio del año escolar.

Pero también puede traer consigo dinero que no estaba considerado, ya que comienza el proceso de publicación de Acreencias Bancarias, el cual inició el pasado 2 de marzo. 

Los primeros bancos que dieron a conocer la lista de «dinero olvidado» en el Diario Oficial fueron BAncoEstado y Banco Security.

Para revisar si tienes una acreencia 2022 en BancoEstado HAZ CLICK AQUÍ.

Para revisar si tienes una acreencia 2022 en Banco Security HAZ CLICK AQUÍ.

¿Qué son las acreencias bancarias?

Por ley cada mes de marzo los bancos chilenos deben detallar las acreencias bancarias sujetas a caducidad. Estas no son otra cosa que dineros «olvidados» a nombre de personas, empresas o instituciones, que permanecen depositados a la espera de ser cobrado por su titular.

Se trata de montos que, según establece la misma ley y después de dos años sin movimiento, entran en plazo legal para caducar y pasar a las arcas del Fisco. Esto último solo si sus dueños no aparecen dentro del último periodo posible para cobrar.

Para informar la existencia de las acreencias, durante marzo los bancos publican en el Diario Oficial las nóminas de quienes tienen dinero –montos superiores a 5 Unidades de Fomento–  a su haber y aún pueden cobrarlo.

Posteriormente, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) consolida dicha información para ponerla a disposición de los interesados en una plataforma única de consulta web a través de nombre y apellido.

Desde que una acreencia es informada públicamente –es decir, cuando aparece en el Diario Oficial- su titular tiene como plazo máximo tres años (en rigor, desde el 31 de enero del año en que el banco informó la acreencia) para reclamar y recibir el dinero.

¿Cómo se cobran las acreencias bancarias?

El titular puede cobrar la acreencia con su cédula de identidad en el banco que informó tenerla, o bien, puede acudir a asesoramiento jurídico.

¿Qué pasa si no cobro una acreencia?

Existe un plazo límite de tres años contados desde el 31 de enero del año en que se informa públicamente la existencia de la acreencia. Si el titular no cobra el dinero en ese plazo, éste pasará íntegramente a las arcas del Fisco.

¿Todos los dineros tienen fecha de caducidad?

Hay fondos que siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado a pesar de estar inmovilizados. Se trata de los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusulas de renovación automáticas. Éstas incluyen las cuentas de ahorro; las boletas o depósitos de garantía, salvo cuando se les haya fijado una fecha de vencimiento; las sumas recibidas por cheques viajeros; y los casos en que haya retención, prensa o embargo sobre los dineros.

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