Tras casi veinte años en trámite, fue despachado en el Senado el proyecto de ley que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas.
Dicho proyecto tiene por objeto disminuir la ingesta de alcohol y propender a su consumo responsable, mediante la inclusión de advertencias e información en su etiquetado y envasado, así como estableciendo diversas restricciones a su publicidad y consumo.
La nueva Ley de Bebidas Alcohólicas prohíbe el ingreso de menores de 18 años de edad a cabarés, cantinas, bares y tabernas, así como también a discotecas, cuando en estas se venda alcohol.
Además, obliga a exhibir y exigir siempre un documento de identidad para ingresar a lugares donde se pueda consumir alcohol. Con esta modificación se elimina la excepción de vender, obsequiar o suministrar bebidas alcohólicas a menores de edad cuando éstos concurriesen a almorzar o a comer acompañados de sus padres a los recintos destinados a comedores. Inspectores municipales, podrán fiscalizar el cumplimiento de esta medida.
También, prohíbe toda publicidad de alcohol en cualquier producto, publicación o actividad destinada exclusivamente a menores de edad.
ADVERTENCIAS
La ley establece que toda bebida de graduación alcohólica igual o superior a 0,5 grados que esté destinada a su comercialización en el país, deberá llevar en el envase que la contenga una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo, especialmente para las poblaciones de riesgo, como embarazadas, conductores y menores de edad.
Asimismo, prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público, con excepción de señaléticas que se encuentren en rutas asociadas a la actividad productiva, como viñas o bodegas.
En materia de publicidad de bebidas alcohólicas en televisión, sólo podrá realizarse entre las 22.00 y las 06.00 horas y se prohíbe dicha publicidad en radios, entre las 16.00 y las 18.00 horas.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, con excepción de eventos deportivos internacionales de carácter mundial, continental o regional.
Asimismo, los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, tales como camisetas y uniformes, y aquellos objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas, no podrán contener imágenes ni hacer alusión a sus marcas o productos. Tampoco podrá inducirse a menores el consumo de bebidas alcohólicas. Se prohíbe también, la venta de estos productos mediante “ganchos” comerciales, tales como regalos, concursos, juegos y otros elementos de atracción infantil.
Junto con valorar esta nueva ley de alcoholes, el Director Regional del SENDA, Mario Fuenzalida, señaló que permitirá fortalecer factores protectores “para cuidar y proteger de mejor manera a nuestros niños, niñas, adolescentes y jóvenes”.