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Corte de Talca condena a Municipalidad de San Javier por actuar arbitrario e ilegal en contra de Coexca S.A.

A través de un fallo que analizó detalladamente cada argumento de las partes, el tribunal ordenó a su alcalde, Jorge Silva; y al director de Obras, Mario Navarro; a dejar sin efecto cada una de las medidas administrativas que afectó a la Compañía y su plantel porcino en la comuna. Asimismo Agrícola Coexca S.A. presentó querella contra el Director de Obras Municipales de San Javier por el delito de prevaricación administrativa.

Reconociendo el cumplimiento de la normativa en materia medioambiental y municipal, la Corte de Apelaciones de Talca, acogió el recurso de protección interpuesto por Agrícola Coexca S.A. contra el director de Obras de la Municipalidad de San Javier, Mario Navarro; y contra el mismo municipio, representado por el alcalde, Jorge Silva, ordenándoles dejar sin efecto sus decisiones administrativas referidas a los permisos de recepciones definitivas de obras del centro productor porcino San Agustín del Arbolillo, ubicado en esa comuna.

Entre los argumentos que consideró la sentencia fue la inexistencia de un debido proceso, tomando en cuenta que no se le permitió a Agrícola Coexca S.A. presentar pruebas ni descargos ante la acusación, tal como lo establece la ley.

Según el escrito, la compañía pidió conocer las supuestas ilegalidades en las recepciones de obra, solicitando además un plazo de 20 días hábiles para presentar sus argumentos, lo que no fue considerado por la contraparte. “Es posible concluir que los actos reclamados son arbitrarios, por no contener en sí mismos todos los fundamentos de la decisión tomada e ilegales, por vulnerar las normas del debido proceso y del derecho a la defensa”, consigna la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca.

“Desde que fuimos notificados de este procedimiento de invalidación, nos dimos cuenta que estábamos ante un proceso arbitrario, en el cual no se pretendía escucharnos y se estaban cuestionando temas que ya están zanjados y que muchos usan, tendenciosamente, para confundir a las personas, como es el caso de la RCA del proyecto, aprobada en septiembre del año 2008 y el permiso solicitado para la optimización del plantel el año pasado”, asegura el gerente general de Agrícola Coexca S.A., Guillermo García.

Según el Servicio de Evaluación Ambiental de la región, la RCA N°165 de 2008 que rige las recepciones, hoy cuestionadas por el municipio de San Javier, éstas están totalmente vigentes y sin ninguna sanción de incumplimiento desde esa fecha.

“Anular e incluso cuestionar estos permisos, no sólo carece de sustento, sino que es una medida totalmente ilegal contra una recepción bien adjudicada”, enfatiza García.

Misma conclusión que arrojó la Corte en su sentencia al decretar que todos los actos reclamados por la Dirección de Obras Municipales son arbitrarios, ya que no contienen fundamentos de ilegalidad para cuestionar a la compañía y porque a lo largo del proceso se vulneraron varias normas respecto a la legítima defensa. 

Cabe recordar que el 17 de septiembre los integrantes de la Comisión de Evaluación de la Región de Maule aprobaron por unanimidad el proyecto “Optimización del sistema de manejo de purines del primer grupo de 24 pabellones del Plantel Porcino de 10 mil madres, San Agustín del Arbolillo”, reconociendo las políticas que está implementando la compañía para atender los desafíos ambientales del país por medio de la generación de una producción limpia y sustentable.

“Como empresa estamos comprometidos con el desarrollo de la Región del Maule y la calidad de vida de sus habitantes. En esa línea promovemos operaciones que aportan al crecimiento integral de la zona”, concluye Guillermo García. 

OTRAS ACCIONES LEGALES

La empresa Coexca S.A, también ha presentado una querella en contra del director de Obras Municipales de San Javier, Mario Navarro, por el presunto delito de prevaricación administrativa, derivado de sus acciones, las que ya fueron confirmadas con esta sentencia por parte de las Corte de Apelaciones de Talca, que determinó que su actuar al menos fue arbitrario e irregular.

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