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Cámara aprueba y despacha el proyecto Retamal-Nain: aumenta las penas por delitos cometidos contra Carabineros, PDI y Gendarmería

La Ley Nain-Retamal tiene como principal objetivo aumentar las penas y reducir los beneficios de quienes cometan delitos contra la policía.

Durante este miércoles 29 de marzo, la Cámara de Diputadas y Diputados votó el proyecto fusionado Ley Nain-Retamal.

Al proyecto se le da especial urgencia tras el brutal crimen de la sargenta Rita Olivares, quien recibió un impacto de bala en medio de un procedimiento policial en Quilpué.

Recordemos que mientras el proyecto de Ley Nain 2 propone que quienes realicen acciones que atenten a la integridad de efectivos no podrá acceder a penas sustitutivas, la iniciativa Ley Retamal además considera el endurecimiento de penas contra responsables por ataques a Carabineros y moderniza la definición de estos delitos.

Por lo anterior, los parlamentarios decidieron fusionar la Ley Nain y la Ley Retamal para respaldar y resguardar a Carabineros de Chile.

Antecedentes

Lamentables fueron los hechos que dieron origen a esta ley, y es que los funcionarios de Carabineros han sido blanco de la delincuencia, por lo que en varias ocasiones el luto a teñido el traje verde oliva.

Es por ello, que nace está ley, la cual lleva el nombre del cabo segundo Eugenio Nain, funcionario de Carabineros de Chile que murió baleado en octubre del 2020 en la Región de La Araucanía.

Mientras que la Ley Retamal se deba a la muerte del sargento Carlos Retamal, quien falleció tras ser atacado por un delincuente mientras realizaba una fiscalización en una carrera clandestina en San Antonio en la Región de Valparaíso.

La mencionada Ley Nain-Retamal tiene como objetivo aumentar las penas y reducir los beneficios de quienes cometan delitos contra funcionarios de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería.

Además, modifica el Código Penal para establecer la legítima defensa privilegiada.

Respecto a la votación, el texto aprobado por la Comisión de Seguridad Ciudadana consta de 14 artículos que modifican diversos cuerpos legales para generar un Estatuto íntegro de protección a la labor de funcionarios de Orden y de Seguridad y 1 articulo transitorio sobre efectos temporales de la ley.

Artículos

El Artículo Primero hace referencia a la restricción en el acceso a penas sustitutivas y modifica la Ley N°18.216, sobre penas sustitutivas de aquellas restrictivas de libertad, para disponer un conjunto de delitos cuya ejecución obstará al acceso a dichas penas sustitutivas (en libertad).

El Artículo Segundo, menciona la restricción en el acceso a libertad condicional y Modifica el Decreto Ley N°321 de 1925, sobre Libertad Condicional, para disponer un conjunto de delitos cuya ejecución exigirá haber cumplido al menos 2/3 de la pena para acceder a Libertad Condicional.

El Artículo Tercero hace énfasis en sanciones más graves ante ataques a Carabineros.

En el Artículo Cuarto, las sanciones más graves ante ataques a PDI Practica modificaciones en 4 numerales a la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones, para ampliar las hipótesis en que se ejecutan los delitos de homicidio, maltrato de obra y lesiones de castración o mutilación contra Carabineros, de manera tal de que se cometan “en razón de su cargo o con motivo u ocasión del ejercicio de sus funciones” y no solo “en ejercicio de sus funciones”.

Artículo Quinto: Sanciones más graves ante ataques a Gendarmería. Practica modificaciones en 3 numerales a la Ley Orgánica de Gendarmería para ampliar las hipótesis en que se ejecutan los delitos de homicidio, maltrato de obra y lesiones de castración o mutilación contra Carabineros.

Artículo Sexto: Situación de las medidas cautelares contra funcionarios de Fuerzas de Orden y Seguridad y contra quienes atenten contra su integridad.

Artículo Séptimo: Legítima Defensa Privilegiada de miembros de Fuerzas de Orden y de Seguridad. Modifica el Código Penal para practicar uno de los puntos clave de la iniciativa, que es consagrar la “Legítima Defensa Privilegiada” en el caso de funcionarios de Orden y Seguridad.

Artículo Octavo: Medios y herramientas para Carabineros Modifica la Ley Orgánica de Carabineros para disponer que “deberán ser provistos de las competencias, equipos y armamento adecuado” para cumplir sus funciones.

Artículo Noveno: Marco rígido para determinar penas contra quienes atenten contra la vida e integridad de funcionarios de Orden y de Seguridad.

Artículo Décimo: Modificaciones a la Ley de Control de Armas.

Décimo Primero: Revisión del interior de vehículos en control preventivo de identidad Modifica la Ley de “Segunda Agenda Corta Antidelincuencia”.

Artículo Décimo Segundo: Exclusión de responsabilidad civil del funcionario que causa daños en actuaciones policiales de tránsito.

Artículo Décimo Tercero: Pena accesoria de expulsión de extranjero que atenta contra funcionario de Orden y de Seguridad.

Artículo Décimo Cuarto: prohibición de suspensión administrativa de funcionario imputado.

Artículo Transitorio: Aplicación temporal de la ley. Se introduce una norma transitoria que replica los principios generales de aplicación de la ley penal en cuanto solo aplica para hechos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia.

Uno de los artículos que más controversia causó durante la discusión es el que entrega a Carabineros la presunción del uso justificado de armas de servicio, lo que consagraría el principio de legítima defensa privilegiada para uniformados y policías de civil.

Ante esto, y en vista de la necesidad de avanzar en la tramitación de la ley, el Gobierno ingresará indicaciones durante el debate en el Senado. Dicho artículo se aprobó con 106 votos a favor, 24 en contra y 13 abstenciones.

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