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Gobierno ordena suspender uso de armas de fuego por parte de civiles en zonas de incendios forestales

El Gobierno ordenó suspender el uso de armas de fuego por parte de civiles en las zonas afectadas por los incendios forestales.

La ordenanza quedó estipulada en una resolución exenta que fue publicada el sábado 18 de febrero en la edición electrónica del Diario Oficial.

Recordemos que en año pasado -el 12 de febrero de 2022- Corma denunció un ataque armado que sufrió un helicóptero que se encontraba ayudando en las labores de combate contra los incendios forestales que afectaban a la provincia de Arauco.

Algo similar ocurrió el 11 febrero de 2022, cuando un helicóptero que prestaba servicios para Conaf en el incendio forestal de Malalche Alto, en la comuna de Cholchol, en La Araucanía, también sufrió un ataque a balazos por parte de desconocidos.

En los incendios de este año, en tanto, no se han reportado de manera pública ataques a disparos en contra de aeronaves, al menos en La Araucanía, ni en Bío Bío, pese a que la ministra del Interior, Carolina Tohá, reconoció que en algunos sectores hay situaciones de riesgo para los brigadistas que dificulta el combate a los incendios.

“Nos preocupa especialmente que hemos tenido algunos reportes que han tenido brigadistas en La Araucanía, y también en Bío Bío. En particular, ahora preocupa Tirúa, donde hay un incendio que es de atención”, señaló.

Y si bien no se han referido públicamente al tema, desde el Gobierno tomaron medidas a través de la resolución exenta N°471 del Ministerio de Defensa, firmada por la Dirección General de Movilización Nacional de Chile (DGMN), que depende de la Subsecretaría de Defensa.

De acuerdo al documento, “es un hecho público y notorio el que algunos brigadistas que combaten los incendios forestales antes referidos han sido atacados y/o amenazados con armas de fuego”.

“Asimismo, se ha conocido que algunas aeronaves que combaten el fuego han sido alcanzadas por disparos de este tipo de armas”, agregan.

En ese sentido, agregan que “resulta adecuado, considerando las especiales circunstancias antes descritas y el estado de excepción declarado en las regiones referidas, limitar durante la vigencia de este algunas de las autorizaciones conferidas en virtud de la Ley Sobre Control de Armas”.

Esto último, “facilitará a las autoridades designadas la realización de los controles requeridos en estas situaciones y permitirá evitar inconvenientes por malentendidos que pudieren presentarse particularmente respecto de traslados de armas de fuego, sus partes, dispositivos, piezas o municiones”.

Por lo anterior, ordena suspender “en las regiones de Ñuble y Bío Bío, durante la vigencia del estado de excepción constitucional (…) las autorizaciones para transporte de armas de fuego, sus partes, dispositivos, piezas o municiones con objeto de caza, deporte o práctica de tiro y autorizaciones para el funcionamiento de clubes de tiro”.

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